Reconocimiento de Personería Jurídica de los Organismos de Acción Comunal de Primero y Segundo Grado

El Reconocimiento de Personería Jurídica de los Organismos de Acción Comunal de Primero y Segundo Grado.

  • Reunir los documentos necesarios para realizar el trámite
  • Radicar Documentos

Acreditar a las Juntas de Acción Comunal, Juntas de Vivienda Comunitaria y Asociaciones de Juntas de Acción Comunal como organizaciones sin ánimo de lucro, con capacidad suficiente para contraer obligaciones, ejercer derechos y realizar actividades en beneficio de la comunidad que representan.

Enlace | Reconocimiento de Personería Jurídica

 


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